Sede Judicial Electrónica

Sede Judicial Electrónica

Reclamaciones aéreas

Procedimiento de reclamación judicial de compensación económica por denegación de embarque, cancelación o retrasos de vuelos ante el órgano judicial competente.

    Qué es

    Tal y como se establece en el artículo 7 del Reglamento nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, cualquier persona física o jurídica podrá realizar una reclamación judicial de compensación económica por denegación de embarque, cancelación o retraso de vuelos ante el órgano judicial competente.

    Los/as pasajeros/as cuyos motivos sean objeto de reclamación, tendrán derecho a recibir una compensación económica por valor de:

    a) 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros.

    b) 400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros.

    c) 600 euros para todos los vuelos no comprendidos en a) o b).

    Documentación que se debe presentar

    Para realizar la presentación se deberá incluir la siguiente información contenida en el formulario. También se podrá acompañar al escrito toda la documentación que se considere conveniente y contenga datos de interés sobre la reclamación.

    Datos del presentador:

    • Nombre y apellidos o razón social de la persona presentadora.
    • NIF.
    • Domicilio.
    • Número de teléfono.
    • Dirección de correo electrónico.

    Datos relativos a la reclamación:

    • Compañía aérea.
    • Número de vuelo.
    • Aeropuerto de origen.
    • Fecha y hora prevista de salida del vuelo.
    • Aeropuerto de destino.
    • Fecha y hora prevista de llegada del vuelo.

    Motivo por el que se reclama:

    • Denegación de embarque contra mi voluntad.
    • Cancelación del vuelo.
    • Retraso del vuelo.

    Documentación que se aporta:

    • Billete de avión.
    • Tarjeta de embarque.
    • Factura de vuelo.
    • Cualquier otra prueba que demuestre denegación de embarque contra su voluntad (overbooking), cancelación o retraso del vuelo.
    • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria del/de la demandante.
    • Justificante de reclamación previa a la demanda.
    • Justificantes de gastos abonados con anterioridad y que se reclaman judicialmente (Art. 9 del Reglamento CE nº 261/2004).

    Cuál es su coste

    Tasas:

    Este procedimiento no contempla el pago de tasas judiciales.

    Cómo solicitarlo

    La presentación de la solicitud se llevará a cabo de manera presencial en el Servicio Común de Registro y Reparto del Tribunal de Instancia correspondiente al domicilio del/de la demandado/a o al domicilio del/de la demandante, a elección de esta última, en el Tribunal de Instancia correspondiente en el caso de que este fuese único en el partido judicial, o a través de la Sede Judicial Electrónica, en caso de que esta funcionalidad estuviese operativa.

    El órgano competente para conocer de estos procedimientos podrá ser el Tribunal de Instancia correspondiente al partido judicial del domicilio del/de la demandante o al domicilio del/de la demandado/a, a elección del/de la demandante.

    Puedes encontrar la localización y datos de las Oficinas de Registro y Reparto y servicios comunes en el Directorio Judicial.

    Normativa

    Formas de presentación

    Tramitar en línea (Necesario certificado digital o DNI electrónico)

    Tramitar presencialmente