Lista de servicios disponibles

Los servicios que están disponibles en la Sede Judicial Electrónica son los que se indican a continuación:

Carpeta Personal del Ciudadano o Profesional

Dentro de la Sede Judicial Electrónica de Galicia se cuenta con un espacio personal orientado a ciudadanos y profesionales en el que podrán acceder a cierta información privada o servicios con plenas garantías de seguridad.  El acceso a este espacio requiere de autenticación mediante certificado digital.

Los ciudadanos podrán acceder al estado de los distintos procedimientos en los que participan como denunciantes o demandantes, así como a los señalamientos relacionados con éstos.

Los profesionales podrán acceder también al estado de los expedientes de los que forman parte, en este caso independientemente del rol  de su representado.

En consonancia con la evolución de la Administración Judicial Electrónica se incorporarán, paulatinamente, en estos espacios de la Sede Judicial Electrónica de Galicia nuevos servicios, en la búsqueda de una más ágil y mejor relación de los ciudadanos y los profesionales que los representan con la Administración de Justicia en Galicia.

Procedimiento monitorio

Mediante este procedimiento es posible reclamar, sin necesidad de abogado/a y procurador/a, el pago de deudas dinerarias de cualquier importe, siempre que se reúnan los requisitos legalmente previstos y se disponga de los documentos acreditativos que exige este tipo de procedimiento.

Puede consultar aquí más información sobre cómo llevar a cabo este proceso y descargar los formularios oportunos.

Procedimiento monitorio en la jurisdicción social

Mediante este procedimiento es posible reclamar, sin necesidad de abogado/a y procurador/a, deudas monetarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles de cualquier cuantía, siempre que se reúnan los requerimientos legalmente previstos y se disponga de los documentos acreditativos que exige este tipo de procedimiento. Su objeto se limita a reclamaciones de carácter económico originarios de una relación laboral entre empleado y empresario, no pudiendo extenderse a otro tipo de deberes.

Puede consultar aquí más información sobre cómo llevar a cabo este proceso y descargar los formularios oportunos.

Procedimiento jurisdicción voluntaria

Mediante este procedimiento es posible que el titular de derechos o intereses legítimos pueda promover un expediente de jurisdicción voluntaria sin necesidad de abogado/a y procurador/a en aquellos casos en los que se reúnan los requerimientos legalmente previstos.

Se consideran expedientes de jurisdicción voluntaria a los efectos de la Ley de Jurisdicción Voluntaria aquellos que requieran la intervención de un órgano jurisdiccional para la tutela de derechos e intereses en materia de Derecho civil y mercantil y en los que no exista controversia que deba sustanciarse en un proceso contencioso.

Puede consultar aquí más información sobre cómo llevar a cabo este proceso y descargar los formularios oportunos.

Procedimiento demanda de juicio verbal

Mediante este procedimiento es posible reclamar a través de juicio verbal cantidades que no excedan de 2.000 € mediante la presentación de un escrito de demanda sin la intervención ni de abogado/a ni de procurador/a.

Puede consultar aquí más información sobre cómo llevar a cabo este proceso y descargar los formularios oportunos.

Procedimiento conciliación

Mediante este procedimiento es posible poner fin a un conflicto entre particulares mediante una solicitud amistosa pactada entre las partes, sin necesidad de abogado/a ni procurador/a, siempre que este procedimiento se utilice con la finalidad de llegar a un acuerdo para evitar un pleito.

Puede consultar aquí más información sobre cómo llevar a cabo este proceso y descargar los formularios oportunos.

Procedimiento de ejecución de título judicial (civil/social)

Para las ejecuciones de títulos judiciales de orden civil, según lo dispuesto en el artículo 539.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), no será preceptiva la intervención de abogado y procurador, y, por tanto, podrán presentarse a través de la Sede Judicial Electrónica, los escritos iniciadores de los procedimientos de ejecución derivados de procesos declarativos en los que dicha intervención tampoco lo sea (procedimientos monitorios y verbales cuya cuantía no exceda de 2.000 €).

Para poder presentar la demanda de ejecución deben haber transcurrido 20 días desde la firmeza de la resolución cuya ejecución se solicita, según establece el artículo 548 de la LEC.

Respecto a las ejecuciones del orden social, según dispone el artículo 237 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, se podrá solicitar la ejecución de las resoluciones recaídas en procedimientos de orden social mediante la presentación de escrito del interesado sin necesidad de la intervención de abogado/a ni procurador/a.

Pode consultar aquí como levar a cabo este proceso e descargar os formularios oportunos.

Procedimiento jurisdicción voluntaria en materia de personas

La Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria (LJV), regula los expedientes de jurisdicción voluntaria que se tramitan ante los órganos jurisdiccionales.

Se consideran expedientes de jurisdicción voluntaria a los efectos de la LJV:

Todos aquellos que requieran la intervención de un órgano jurisdiccional para la tutela de derechos e intereses en materia de derecho civil y mercantil.

Aquellos en los que no exista controversia que deba resolverse en un proceso contencioso.

Podrán promover expedientes de jurisdicción voluntaria e intervenir en ellos quienes sean titulares de derechos o intereses legítimos o cuya legitimación les venga conferida legalmente sobre la materia que constituya su objeto, sin perjuicio de los casos en que el expediente pueda iniciarse de oficio o a instancia del Ministerio Fiscal.

Pode consultar aquí como levar a cabo este proceso e descargar os formularios oportunos.

Procedimiento de consignación judicial

La consignación consiste en la puesta a disposición del acreedor de la cosa debida por parte del deudor cuando no es posible su entrega a aquél o se niega a recibirla.

Para los casos en que la conciliación se realice ante el órgano judicial, la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria establece este procedimiento, en el que no será necesaria la intervención de abogado ni procurador.

En caso de que se produzca oposición de la otra parte, se continuará el procedimiento por los trámites del juicio verbal.

Pode consultar aquí como levar a cabo este proceso e descargar os formularios oportunos.

Presentación de dictamen pericial

El Servicio de Presentación de escritos de tipo dictamen pericial permite a los peritos realizar la presentación telemática de dictámenes periciales.

Pode consultar aquí como levar a cabo este proceso e descargar os formularios oportunos.

Código Seguro de Verificación (CSV)

Servicio para la validación de la firma electrónica y la integridad y autenticidad de un documento firmado digitalmente por uno o varios representantes de la Administración de Justicia en Galicia a partir de su Código Seguro de Verificación.

Servcio de verificación de documentos firmados.

Quejas y sugerencias

Espacio para el planteamiento de quejas y sugerencias con respecto al servicio que presta la Sede Judicial Electrónica de Galicia.

Acceda haciendo click aquí.